sábado, 3 de septiembre de 2016

Normas y Obligaciones Informaticas

Funciones y Obligaciones del Personal Informático


1) Funciones:

Se encarga de administrar y monitorizar el correcto funcionamiento del sistema incluyendo cambios de versiones, administración de acceso y realización de copias de respaldo.


2) Obligaciones:


  • a) Conocer la normativa interna en materia de seguridad, y especialmente la referente a protección de datos de carácter personal. Dicha normativa puede consistir en normas, procedimientos, reglas y estándares, así como posibles guías.
  • b) Cumplir lo dispuesto en la normativa interna vigente en cada momento.
  • c) Conocer las consecuencias que se pudieran derivar y las responsabilidades en que pudiera incurrir en caso de incumplimiento de la normativa, que podrían derivar en sanciones.
  • d) Utilizar los controles y medios que se hayan establecido para proteger tanto los datos de carácter personal como los propios sistemas de información y sus componentes: los ficheros automatizados, los programas, los soportes y los equipos empleados para el almacenamiento y tratamiento de datos de carácter personal.
  • e) No intentar vulnerar los mecanismos y dispositivos de seguridad, evitar cualquier intento de acceso no autorizado a datos o recursos, informar de posibles debilidades en los controles, y no poner en peligro la disponibilidad de los datos, ni la confidencialidad o integridad de los mismos.
  • f) Guardar secreto sobre los datos que pueda conocer, así como sobre controles y posibles debilidades, incluso después de haber causado baja en la Universidad.
  • g) Usar de forma adecuada según la normativa los mecanismos de identificación y autenticación ante los sistemas de información, tanto sean contraseñas como sistemas más avanzados, como biométricos u otros, y en ambos casos; mediante acceso local o a través de redes de comunicaciones, cuando esté así previsto. En el caso de contraseñas cumplir lo recogido en la normativa, especialmente en cuanto a asignación, sintaxis, distribución, custodia y almacenamiento de las mismas, así como el cambio con la periodicidad que se determine.
  • h) No ceder ni comunicar a otros las contraseñas, que son personales, que no estarán almacenadas en claro, y que serán transmitidas por canales seguros. Los usuarios serán responsables ante la Universidad de todos los accesos y actividades que se puedan haber realizado utilizando su código de usuario y contraseña.
  • i) Evitar transmitir o comunicar datos considerados sensibles por medios poco fiables sin protección (telefonía de voz, correo electrónico, fax)
  • j) Realizar las copias de los datos que en cada caso se establezcan en la normativa, así como proteger las copias obtenidas.
  • k) Cumplir la normativa en cuanto a gestión de soportes informáticos que contengan datos de carácter personal, así como tomar precauciones en el caso de soportes que vayan a desecharse o ser reutilizados, mediante la destrucción, utilización o custodia. En el caso de averías que requieran su transporte fuera de las instalaciones se intentará borrar previamente su contenido o se exigirán garantías escritas de que se hará así.
  • l) No sacar equipos o soportes de las instalaciones sin la autorización necesaria, y en todo caso con los controles que se hayan establecido.

  • bligaciones

    Actualizado por: Comisión Seguridad
    Fecha: 14 de octubre de 2008



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